Contadores y Finanzas

Ya son aplicables las nuevas asignaciones familiares


Se publicaron en el Boletín Oficial. Se modifican los topes remunerativos de los trabajadores registrados que perciben las asignaciones familiares

El aumento en las asignaciones familiares anunciado semanas atrás por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner quedó formalizado con su publicación en el Boletín Oficial, informó el diario Ámbito Financiero

daron establecidos los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares anunciadas por cadena nacional el pasado 7 de septiembrepor la primera mandataria, y que regirán a partir de octubre.

La asignación universal por hijo pasará de 220 a 270 pesos, un 22,7 por ciento más, en tanto que la asignación por discapacidad se incrementará de 880 a 1.080 pesos.

Asimismo se modifican los topes remunerativos de los trabajadores registrados que perciben las asignaciones familiares: el rango hasta 2.400 pesos se elevó a 2.800 y cobrará 270 pesos de asignación por hijo, el de 2.800 pasó a 4.000 pesos y cobrará 204 pesos; y de 4.800 se elevó a 5.200 y pasará a cobrar 136 pesos.

Entre los considerandos de la medida, se destaca que “razones de justicia social ponen en la órbita del Estado nacional la responsabilidad en la redistribución de la riqueza debiendo impulsar medidas que estén orientadas a proteger los intereses de la sociedad”.

Fuente: ON24

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HSBC ofrece $ 150 M en línea de crédito para Pyme


HSBC Argentina lanzó el lunes dos nuevas líneas de financiamiento a mediano plazo. La primera es para la compra de bienes de capital por Leasing hasta 48 meses a una tasa del 14.50% y la segunda es una línea especial amortizable a tasa fija del 14.25% hasta 36 meses para cualquier destino.

Estas líneas de crédito se encuentran dirigidas exclusivamente a Pymes según las define la resolución 24/1 y la disposición 147/06 de la Sepyme y que pertenecen a: la industria, el agro, el comercio, los servicios y la construcción.

Aquellos clientes que quieran acceder a esta atractiva propuesta deberán operar con HSBC en alguno de los siguientes productos o adherir a alguno de los mismos: comercio exterior, pago a proveedores, recaudaciones o payroll.

La oferta tiene vigencia hasta el día 31 de Julio o hasta liquidar el cupo de $ 150 M.

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Radiografía salarial: quiénes ganan más y en qué sectores trabajan


A través de la publicación de un reciente informe, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reveló quiénes son los empleados que más ganan y en qué sectores trabajan.

Para llegar a armar esta contundente radiografía salarial del país, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray, tomó como base las declaraciones juradas de las cargas sociales presentadas por las compañías que conforman el mapa de la actividad económica nacional.

La importancia de esta nueva estadística fiscal desagregada radica en que el detalle por área de la economía determina, de manera exacta, en qué situación se encuentra cada sector productivo en materia de remuneraciones.

Puntualmente, el documento, al que puede accederse haciendo clic aquí, detalla cómo evolucionaron el nivel de empleo y los sueldos en los distintos rubros. Para ello, la AFIP comparó los datos referidos al último cuatrimestre de 2009 contra los correspondientes a igual período del año pasado.

Primeros datos
La AFIP puntualizó que, durante el último cuatrimestre del año pasado, “la cantidad de empleadores registró un incremento interanual del 1,8 por ciento”.

Asimismo, el documento precisó que “en los puestos de trabajo, el aumento fue de 3,7 por ciento”.

El mayor incremento porcentual interanual, tanto a nivel de empleadores como de empleos, se produjo en firmas que tienen entre 1.501 y 2500 dependientes, “con una variación de 10% y 7,8% respectivamente”.

En lo referente al grado de concentración de la mano de obra, el documento señaló que casi el 94 de los empleadores ocupan sólo el 27% de los puestos laborales, en tanto que el 6% restante emplea a cerca del 73% de dichos puestos.

Con respecto a la clasificación por tipo de sector, el estudio reveló que el privado presentó un incremento interanual del orden de 1,9% en cuanto a empleadores y de 4,1% en puestos de trabajo”.

Servicios fue el área que ocupó más personal en el trimestre, con un incremento interanual de 2,8% respecto del primer grupo mencionado y de 4,8% en relación al segundo.

Impacto en el bolsillo
En cuanto al impacto en el bolsillo de los asalariados argentinos, el estudio precisó que “el salario bruto promedio tuvo un incremento interanual de 28,4 por ciento”.

Las mayores remuneraciones promedio se presentaron en el sector de explotación de minas y canteras, con un sueldo medio mensual de 13.880 pesos.

En segundo lugar, se encontraron los de las empresas de servicios, con 8.076 pesos.

En tanto, los salarios del sector de intermediación y servicios financieros se ubicaron en 7.890 pesos.

De acuerdo con los datos recién publicados por la AFIP, el incremento de la remuneración bruta obedece a la suba del salario mínimo vital y móvil de 22%, que pasó de $1.427 promedio en el cuarto trimestre de 2009 a $1.740 en el mismo trimestre del año pasado, y a los aumentos otorgados por los sectores público y privado.

Puestos de trabajo
Otro punto interesante del documento refiere a la evolución de los puestos de trabajo. En este sentido, el informe señaló que dentro del sector productor de bienes hubo un crecimiento interanual de 3,1 por ciento.

La mayor parte de las actividades presentaron incrementos, destacándose el sector de explotación de minas y canteras con 6,4 por ciento.

En cuanto a los servicios, los puestos de trabajo aumentaron 4,1%, destacándose los servicios de salud, con 8,5%, siguiéndole en importancia las áreas de hotelería y el sector inmobiliario.

Cargas sociales
Complementariamente, el informe analizó el comportamiento de la recaudación de las cargas sociales.

“Los ingresos de los recursos de la Seguridad Social subieron un 38,4% en el cuarto trimestre de 2010, representando el 29,1% de la recaudación total”.

“Los ingresos en concepto de contribuciones de empleadores se incrementaron en 38,3% y los de aportes de empleados en 32,8%, en tanto que los ingresos correspondientes a autónomos y al Monotributo (seguridad social) aumentaron 32,7% y 107,2%, respectivamente”, remarcó el documento.

Asimismo, se detalló que la recaudación con destino a las obras sociales se incrementó 33,8% y la correspondiente a los riesgos del trabajo aumentó 65,4 por ciento.

Enlace | Radiografía salarial del país
Fuente | iProfesional

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Cómo impactarán en su bolsillo los cambios en el Impuesto a las Ganancias


La flamante suba del piso salarial desde el cual los trabajadores comienzan a pagar el Impuesto a las Ganancias aviva las expectativas de los empleados que esperan recibir una suma extra en concepto de devolución del tributo.

Esto es así, ya que el alivio es retroactivo a principios de este año. Por lo tanto, los contribuyentes se verán beneficiados por el reintegro del monto retenido en exceso entre enero y marzo pasado.

Puntualmente, el Ejecutivo decidió que el nuevo piso pasa de $4.818 a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumenta de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos.

La suma extra que engrosará el salario de bolsillo de los dependientes será recibida por todos los trabajadores que superen los “viejos” pisos de tributación. El dinero a recibir varía de acuerdo al nivel de ingresos de cada uno.

Efecto en el bolsillo
Puntualmente, a los solteros que perciban entre $4.818 y $5.782 netos mensuales se les tendrá que devolver el total del importe retenido desde principios de año. En efecto, quienes ganen $5.782 recibirán $152 extras.

Lo mismo sucederá con los empleados casados con dos hijos que ganen entre $6.662 y $7.998 netos mensuales quienes verán aumentado el ingreso de bolsillo por el total de las retenciones en Ganancias sufridas a partir de enero pasado. Así, quienes ganen $7.998 recibirán $210 extras.

De acuerdo a la flamante resolución 3073 oficializada este lunes, el monto retenido entre enero y marzo se irá computando contra las futuras retenciones de los meses siguientes. De quedar un excedente se devolverá en marzo próximo junto a la liquidación anual. Para acceder al texto completo de la resolución 3073 haga clic aquí.

Desde el estudio Lisicki, Litvin y Asociados, Marcos Goshi, precisó el impacto del reintegro en el ingreso de bolsillo de acuerdo al nivel de ingresos de cada empleado.

 

De tratarse de un sueldo neto mensual de $7.000; el reintegro será de $441 para solteros y no se les devolverá nada a los casados con dos hijos.

Asimismo, ante un salario de $8.500, el monto a compensar será de $689 en el caso de solteros y de $413 para casados con dos hijos.

Por otra parte, los asalariados que ganen $10.000, se les devolverá $720 cuando se trate del primer grupo mencionado y $807 para el segundo.

Para un salario de $12.500 el reintegro será de $846 y $1.030 para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.

A su vez, ante un ingreso de $15.000, la devolución a compensar pasará a ser de $971 y $1.203, para el primero y segundo grupo mencionados.

Anualizar el alivio
En igual sentido, Goshi calculó el ahorro anual que beneficia a los empleados al elevarse el piso de tributación en Ganancias.

Por ejemplo, un trabajador soltero con un sueldo neto mensual de $5.782, se ahorrará $1.254 anuales ya que deja de soportar el impuesto.

Lo mismo sucederá con un asalariado casado con dos hijos que gane $7.998 al mes ya que se verá beneficiado con un monto extra anual de 1.926 pesos.

Avanzando en la escala salarial, ante un sueldo neto mensual de $7.000; el ahorro anual será de $2.172 para solteros y de $392 para casados con dos hijos.

De tratarse de un salario (neto mensual) de $8.500, el ahorro anual pasará a ser de $2.881 en el caso de solteros y de $2.446 para casados con hijos.

Respecto a los asalariados que ganan $10.000, el alivio anual se ubicará en $3.176 para los primeros y de $3.827 para los segundos.

Por otra parte, ante un salario de $12.500 el beneficio anual es de $3.777 y $4.620 para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.

Por último, ante un ingreso de $15.000, el monto que se podrá ahorrar pasará a ser de $4.378 y $5.372, para solteros y casados con dos hijos, respectivamente.

Traba a un beneficio
Un problema no menor surge al analizar que ante la elevación del mínimo no imponible a $12.960 anuales, los trabajadores en relación de dependencia no podrán descontar $5.400 al año en concepto de padres, suegros o abuelos para el cálculo de la retención de Ganancias.

Esto es así, ya que la jubilación mínima anualizada ($15.951) superará el flamante mínimo no imponible vigente ($12.960), lo que impide su cómputo.

En cambio, respecto a las remuneraciones pagadas al personal doméstico, la actualización del mínimo no imponible eleva hasta $12.960 el valor anual a computar como alivio en la declaración jurada de Ganancias.

Fuente | iProfesional

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Monotributistas: la AFIP intimará a los evasores y depurará el padrón

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzará a enviar en los próximos días intimaciones a los monotributistas que utilizan el régimen simplificado y que, según sus registros, estarían evadiendo impuestos.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, el organismo que conduce Ricardo Echegaray se encuentra procesando la información que las empresas y los particulares adheridos al Monotributo presentaron a fines del mes pasado.

En efecto, entre el 20 y 30 de septiembre pasado vencieron dos obligaciones a partir de las cuales el fisco nacional puede contar con información clave, declarada por los contribuyentes, para así luchar contra el “enanismo” fiscal.

Hace exactamente un mes venció el plazo para que los monotributistas gestionen la correspondiente recategorización cuatrimestral. El tramite consistía en actualizar su situación tributaria y el pago mensual respectivo en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados entre septiembre de 2009 y agosto pasado.

Complementariamente, el último día del mes pasado, los pequeños contribuyentes que ganan más de $6.000 mensuales también tuvieron que informar la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado.

Los datos presentados están siendo confrontados contra indicadores de situación fiscal que la AFIP posee en su base de datos sobre los distintos monotributistas. Entre ellos se destacan:

* Consumos en tarjetas de crédito y débito.
* Movimientos bancarios.
* Declaraciones patrimoniales.
* Gastos de expensas.
* Pago de cuotas de colegios privados.
* Inversiones en fideicomisos.

Si del análisis surgieran marcadas inconsistencias, el fisco enviará las referidas intimaciones.

La avanzada había sido oportunamente adelantada a este medio por Carlos Sánchez, titular de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP.

“Vamos a marcarle la cancha a los contribuyentes. Luego de procesar los datos y realizar un barrido de la base del fisco invitaremos a los monotributistas que se encuentren bajo la lupa a recategorizarse como corresponde”, anticipó el funcionario.

De no obtener respuesta del contribuyente en falta, la AFIP lo recategorizará o excluirá de oficio en la medida que se trate de inconsistencias insalvables.

Recategorización de oficio
Por lo tanto, las autoridades del organismo de recaudación comenzarán a aplicar una nueva herramienta que surge en el renovado marco legal que rige el Monotributo desde principios de este año: la recategorización de oficio.

Más precisamente, la AFIP puede excluir a los monotributistas que facturan o gastan en exceso.

Con relación a la facturación, quienes estén ubicados en las categorías más altas tienen que evaluar diariamente si no superan los límites de ingresos anuales establecidos en $200.000 para profesionales y $300.000 para el resto de las actividades.

En materia de gastos, el renovado Monotributo, que rige desde enero, deja afuera a los profesionales que gasten más de $6.666 mensuales.

Puntualmente, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no pueden tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.

La mecánica de exclusión, establecida por la resolución (AFIP) 2847, indica que “cuando como consecuencia de los controles que se efectúen, la AFIP constate la existencia de alguna de las circunstancias que determinan la exclusión de pleno derecho del Monotributo, el inspector notificará al contribuyente de tal circunstancia y pondrá a su disposición los elementos que así lo acreditan”.

“El responsable podrá, en el mismo acto o dentro de los 10 días posteriores a la notificación, presentar formalmente su descargo indicando los fundamentos y elementos que lo avalen”, agrega la resolución.

De no ser suficientes los elementos aportados, el juez administrativo que interviene en la causa dictará la resolución declarando la exclusión y dándolo de alta de oficio en el régimen general. Esto implica, comenzar a pagar el Impuesto al valor Agregado (IVA) y Ganancias.

Asimismo, cuando los monotributistas no cumplan con la recategorización cuatrimestral, o la misma fuera inexacta, “el inspector notificará al contribuyente de tal circunstancia y pondrá a su disposición los elementos que así lo acrediten, indicándole la categoría que le corresponde, juntamente con la liquidación de la deuda en concepto de diferencias de impuesto más sus accesorios”.

A su vez, le informará la sanción aplicable y que, si acepta la liquidación practicada y se recategoriza voluntariamente, quedará eximido de la misma.

El contribuyente también podrá, en el mismo acto o dentro de los 10 días posteriores a dicha notificación, presentar formalmente su descargo ante el juez.

De no ser suficientes las pruebas presentadas en el descargo, dicho juez administrativo dictará una resolución disponiendo la recategorización del pequeño contribuyente, indicando la fecha a partir de la cual operará la misma, los montos adeudados en concepto de impuesto y accesorios y la sanción aplicada.

Fuente | iProfesional

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La AFIP extenderá el plazo para informar operaciones inmobiliarias

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá el plazo para informar operaciones inmobiliarias.

El vencimiento original estaba previsto para fin de este mes y de acuerdo a la información obtenida, el plazo se extenderá -al menos- hasta el 31 de octubre próximo.

La prórroga se concederá debido a los pedidos elevados ante la AFIP por las respectivas cámaras empresarias. Puntualmente, los operadores del sector debían informar hasta el 30 de septiembre próximo los contratos de locación y/o cesión siempre que se encuentren vigentes al 1º de agosto pasado, fecha de entrada en vigencia del nuevo control inmobiliario.

Nuevo control
A través de la resolución general (AFIP) 2.820, el fisco nacional reformuló el régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

La nueva reglamentación –que ya se encuentra en plena vigencia- también pone bajo la lupa a los alquileres que superen los $8.000 mensuales. En igual sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

Desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray oportunamente aseguraron que “la medida beneficia a los inquilinos ya que podrán pedir a los propietarios una copia de la constancia donde figuren los datos del contrato que firmó”.

El marco reglamentario establece que las empresas y particulares que “realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias”.

En caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

Puntualmente, la resolución delimita el alcance a:

* Quienes actúen como intermediarios en la compraventa y locación de inmuebles, percibiendo una comisión o retribución.

* Locaciones: siempre que las rentas brutas devengadas por el total de las operaciones sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.

“Cuando la contraprestación se pacte en especie, los bienes o prestaciones recibidos se valuarán al valor de plaza a la fecha de recepción”, agrega la norma.

* Arrendamientos rurales: cuando los mismos involucren una superficie igual o superior a 30 hectáreas, con prescindencia del monto de rentas brutas que generen dichos contratos.

* El desarrollo de emprendimientos inmobiliarios que generen más de tres operaciones de compraventa de inmuebles durante el año fiscal o que el monto involucrado en su conjunto supere los 300.000 pesos.

* La locación de espacios o superficies fijas o móviles —exclusivas o no— delimitados dentro de bienes inmuebles.

“Cuando las operaciones se pacten en moneda extranjera, los respectivos importes deberán convertirse a moneda nacional, aplicando el valor de cotización —tipo comprador— del Banco de la Nación Argentina”, agrega la reglamentación.

Los responsables obligados tendrán que informar los detalles de las transacciones mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP.

Respecto al plazo, la norma establece que “los operadores deberán solicitar la inscripción en el renovado registro dentro de los 10 días hábiles administrativos y en forma individual, por cada operación de compraventa, alquiler y subalquiler como así también los arrendamientos y subarrendamientos”.

No corresponderá cumplir con la obligación, cuando el o los inmuebles:

* Sean objeto de concesiones o derechos de explotación industrial o comercial.

* Se destinen a la realización de eventos, espectáculos, convenciones, conferencias, congresos o similares; o a ferias o exposiciones.

* Se encuentren sujetos a los sistemas turísticos de tiempo compartido. La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes siguiente de realizada la transacción.

Como una carga adicional, las empresas y particulares del sector inmobiliario antes mencionados también “se encuentran obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada, correspondiente al respectivo año calendario”. La presentación vencerá el 26 de marzo del año calendario inmediato posterior.

“La obligación anual deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a informar, en cuyo caso se consignará la leyenda SIN MOVIMIENTO”, advierte la reglamentación.

También se suma una carga fiscal extra. De acuerdo a la resolución general (AFIP) 2.820, los operadores deberán soportar retenciones en el Impuesto a las Ganancias a la mayor alícuota cuando:

* El responsable no haya cumplido las obligaciones del reformulado régimen.

* Los datos de la constancia entregada por el locador presente inconsistencias.

De esta manera, la AFIP apunta a reforzar el control fiscal que recae sobre alquileres y venta de inmuebles.

Fuente | iProfesional

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Las tarjetas prepagas de crédito se posicionan fuerte en el mercado

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A pesar de que los servicios de compra online se multiplicaron, hoy los usuarios de “plásticos” muchas veces evitan su uso para no ser víctimas de una estafa electrónica.

Ante esa situación, surgió a nivel global el uso de las tarjetas prepagas, que vienen cobrando rápido impulso y se están posicionando como un instrumento para realizar transacciones.

Dejando de lado este sofisticado medio de compra, los motivos por los que este tipo de tarjetas están ganando lugar en el mercado son varios. El principal es que los sectores no bancarizados de la población pueden acceder a su uso sin mayores trámites.

El hecho de que quienes no tengan a su nombre una cuenta bancaria puedan disponer de uno de estos plásticos, indica que el potencial del uso de esta herramienta en América latina es, según los especialistas, muy grande.

Para los expertos, se trata de la “tercera ola” en lo que a tarjetas se refiere. Después de las de crédito y débito, la presencia de las prepagas en el mercado crece bajo diferentes formas, por lo que los prestadores confían en que continuarán con su expansión en los próximos años.

Su utilización está ampliamente extendido en los Estados Unidos, Europa e incluso países vecinos como Uruguay. En el primer caso, el 60% de los usuarios de tarjetas prepagas se encuentra bancarizado. A su vez, el 50% de las personas que reciben pagos con prepagas, también tienen una cuenta bancaria.

Al respecto, Federico Gulland, vicepresidente de Productos para la Argentina y Uruguay de Mastercard, señaló: “El uso de este tipo de tarjetas es la entrada al pago electrónico de los no bancarizados. En la región, esto implica una ventaja para quienes carecen de una relación formal con el sistema bancario porque pueden comprar a través de la web”.

¿Cómo se compra con este sistema?
La operación es simple, cuando se realiza una compra, el monto de la operación es debitado del saldo de la tarjeta.

Este mecanismo se repite con cada transacción hasta que llega a cero y la misma puede ser desechada o recargada. En la práctica, sus aplicaciones son diversas, pudiéndose destacar las siguientes:

* Tarjetas para personas sin acceso a crédito: solución para aquellos que, por algún motivo, no pueden acceder a una línea crediticia y quieren contar con una tarjeta con la aceptación mundial y todos los beneficios asociados.

”En el caso de los programas sociales, su implementación genera mayor transparencia. Por este medio, es posible hacer que un subsidio se use para determinados fines como la compra de alimentos, a partir de la habilitación de un grupo limitado de comercios”, apuntó Gulland.

* Para jóvenes: está destinada a menores de edad, para que aprendan a manejar sus propias finanzas y para que los mayores puedan controlar su utilización.

Resultan atractivas cuando, por ejemplo, “durante las vacaciones se evita dar dinero en efectivo a un menor de edad que no tiene una cuenta bancaria. Tienen una gran red de aceptación y dan más seguridad porque se pueden bloquear en caso de extravío”, enfatizó el especialista de Mastercard.

* Para viajes: se la define como una manera cómoda y segura de manejar dinero fuera de la propia ciudad. Reemplaza al efectivo y a los cheques de viajero y es aceptada en las redes mundiales de comercios de las principales compañías.

De la misma forma, las compañías pueden establecer un tope en los montos destinados a sus empleados en lugar de hacer lugar a la posterior rendición de gastos, por ejemplo, después de un viaje de negocios.

* De regalos: una forma interesante de hacer un regalo a un pariente o amigo. Su uso es uno de los más extendidos en los Estados Unidos. Se trata de un certificado de regalo que puede ser presentado como forma de pago en cualquier comercio.

La gran diferencia que tienen con las tarjetas de crédito es que en este caso no es necesario que el banco realice un análisis financiero del cliente para saber si se está en condiciones de hacer frente a los gastos que potencialmente realizará. En comparación con las de débito, no se necesita estar bancarizado.

En términos generales, este tipo de plásticos ayuda a los usuarios a organizar su presupuesto personal, ya que es posible emplearla para pagos inmediatos, pero no en cuotas, como así tampoco tomar préstamos al consumo o débitos automáticos.

No obstante, estas limitaciones no impiden que funcione en todas partes del mundo o pueda utilizarse paralelamente como tarjeta de extracción en cajeros automáticos.

La evolución del negocio
Las tarjetas prepagas están avanzando y poco a poco van “dejando atrás su tradicional vínculo de identificación exclusiva con los segmentos de clientes no bancarizados.

De hecho, en los mercados en los cuales el prepago tiene más historia que en nuestra región, una proporción cada vez más importante de este sistema tiene cuentas bancarias”, señaló Federico Juan, responsable de investigaciones de Banca & Riesgo.

Al mismo tiempo, las entidades crediticias pueden llegar a un nuevo número de potenciales clientes a quienes posteriormente se les puede ofrecer nuevos productos.

De acuerdo con el especialista de Banca & Riesgo, las prepagas avanzan como producto en la oferta de entidades bancarias y, “de mantener la tendencia actual, el volumen de negocio global se duplicaría para 2015”.

Además, los cambios regulatorios que se produjeron o tienen lugar en los países de la región como Uruguay, Brasil o la Argentina, tendientes a limitar los cargos y/o niveles de interés aplicables en las cuentas bancarias, favorece el prepago como producto bancario.

A medida que el margen de maniobra para generar ingresos a través de las cuentas a la vista se limita, los bancos exploran y avanzan con ofertas de producto prepago.

Esto se debe a que el riesgo operacional de la tarjeta prepaga puede mitigarse con programas y procesos adecuados que, de acuerdo con el especialista de Banca&Riesgo, la industria ya conoce.

La limitante principal es “el mayor costo promedio por operación o por cliente cuando el producto no tiene suficiente masa crítica de usuarios”, agregó Juan.

Asimismo, en algunos programas, el banco tiene que compartir los ingresos con aliados estratégicos (cadenas de grandes tiendas de electrodomésticos, o farmacias, etc.).

Qué sucede en nuestro país
En el mercado local, esta opción lleva ya varios años de desarrollo. El Banco Galicia comercializa desde el año 2004 la modalidad regalo, que es al portardor, sin un monto fijo y puede ser entregada libremente para su utilización. La tarjeta no tiene comisión y puede ser recargada por teléfono y en las sucursales de la entidad.

En el caso del BBVA Banco Francés, el recurso de los plásticos prepagos es utilizado en el programa de becas educativas que la entidad desarrolla en la Argentina.

En estos casos, por medio de organizaciones no gubernamentales, la institución presta ayuda a jóvenes con voluntad de estudiar y realiza un seguimiento en el que, entre otras actividades, el estudiante colabora con diferentes tareas.

Sus destinatarios son jóvenes menores de 19 años, provenientes de familias con bajos ingresos, que se encuentran dentro del sistema educativo formal en riesgo de deserción escolar o que están fuera del sistema educativo y requieren habilidades técnicas con salida laboral.

Las becas consisten en una ayuda en dinero que llega precisamente al beneficiario a través de una tarjeta recargable diseñada ad-hoc.

Desde el propio banco informaron que en el año 2009 invirtieron $5,1 millones, incrementando el número de beneficiarios a cerca de 900.

En otra de las aplicaciones, vinculadas al consumo, MasterCard, BBVA Banco Francés y el Club Atlético Boca Juniors, lanzaron en conjunto la tarjeta Xeneize. Por medio de la misma, los clientes pueden, según el consumo realizado, sumar puntos para diversas promociones.

La misma tiene dos variantes: la tradicional y una “Monedero”, que responde a las características de prepaga, y es reutilizable. Se trata de un sistema que permite realizar compras sin efectivo, pero cargando el plástico con determinado monto de dinero.

Quienes se sumen a esta iniciativa no estarán obligados a abrir una cuenta en el BBVA, ya que la carga de dinero se podrá realizar a través de los cajeros automáticos o el sitio de internet pagomiscuentas.com.

Este medio de pago se podrá utilizar en cualquier local que opere con el servicio de posnet.

No obstante, el producto más desarrollado es el “Monedero”, un sistema de micropagos multipropósito que según consigna en su web “es la solución para aquellas transacciones de bajo monto y alto volumen que requieran gran velocidad y seguridad.

Y también es la solución para la falta de las monedas, pudiendo utilizarse, entre otros lugares, en el subte y algunas líneas de colectivos.

Básicamente, es una tarjeta prepaga a la cual se le carga dinero y luego lo va gastando hasta agotar el saldo.

Es compatible con la nueva Tarjeta SUBE, el sistema de pago de boletos de transporte del Area Metropolitana de Buenos Aires, pero posee mayores beneficios, ya que utilizando la Monedero puede acceder a diversos descuentos

Sin embargo, el sistema más novedoso es Naranja Mo, un sistema por el que el titular de una tarjeta acredita un monto determinado en un número de celular, habilitándolo para realizar compras a través del mismo en negocios adheridos.

Las proyecciones son alentadoras
El crecimiento estimado para el volumen de transacciones del mercado prepago es más que positivo, no sólo en cuanto al número de adherentes, sino también a la rentabilidad de sus administradoras.

“Para el mediano plazo, el costo promedio de operación del prepago podría reducirse sensiblemente ante la mayor escala llegando a unos niveles comparables a los de las tarjetas de débito”, puntualizó Juan.

Hoy, los emisores buscan avanzar en el desarrollo de un producto y adquirir experiencia, pero sin asumir riesgos importantes. “Varios de los grandes jugadores del mercado están a la espera de que sea otro el que haga la primera gran apuesta, para ver qué ocurre y luego decidir si avanzar o no en esa misma dirección”, detalló el analista de Banca&Riesgo.

El enfoque estratégico que predomina en la industria para los próximos años, tanto en la Argentina como en la región, es desarrollar productos bancarios de estas características, orientados a ciertos nichos o segmentos de clientes, pero no lanzar todavía grandes campañas que intenten incentivar al cliente a reemplazar los productos que hoy utiliza por una tarjeta prepaga, en un intento de evitar la “canibalización” de su cartera.

Fuente | iProfesional

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Ya está disponible un nuevo programa para liquidar cargas sociales

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya puso a disposición de los contribuyentes una nueva versión del Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS), un software para que los empleadores declaren a sus trabajadores a través de la web del organismo.

La medida comprende a más de 550.000 empleadores y 7.200.000 trabajadores registrados en relación de dependencia, que se encuentran obligados a aportar al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Con esta actualización del software, aprobada por la resolución general 2.868 se implementa el cierre definitivo del régimen compensador de las asignaciones familiares y se libera a los empleadores de la carga financiera y administrativa resultante del pago anticipado de estos beneficios. Para descargar el nuevo software haga clic aquí.

Hasta ahora con el régimen compensador de las asignaciones familiares, el empleador pagaba al trabajador ayuda escolar primaria, el subsidio mensual por hijo y la asignación por maternidad, compensando los importes con las contribuciones patronales y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), luego se le reintegraba la diferencia.

Con la utilización de la versión 34 del SICOSS será la propia ANSES la que pague las prestaciones directamente al trabajador a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Para que esto suceda exitosamente, los empleadores deberán tener registrados a todos sus trabajadores en el sistema “Mi Simplificación” con las cargas de familia que pueda tener cada uno.

Además con este software se inicia la recaudación del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, tal como lo estableció el convenio marco firmado por los titulares de la AFIP y la Superintendencia de Seguros de la Nación. El aplicativo permitirá recaudar la prima mensual, y de corresponder, el derecho de emisión de la póliza -premio- del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. Ahora, los trabajadores registrados contarán con una cobertura en caso de muerte que se suma a las prestaciones de vejez, invalidez y muerte, salud, y riesgos del trabajo.

La aplicación SICOSS en su nueva versión también permite la correcta identificación de los trabajadores comprendidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial de la actividad rural, los cuales podrán ser utilizados a partir de la vigencia de cada convenio, favoreciendo la registración de los trabajadores de esta actividad de alta informalidad.

A través de “Mis Aportes” los trabajadores podrán continuar corroborando que sus empleadores cumplen correctamente con el depósito de los aportes jubilatorios y al sistema de salud retenidos, así como el pago de las contribuciones a todos los subsistemas de la seguridad social incluida las cotizaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo.

Fuente | iProfesional

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